Antes de que una empresa se
plantee implementar una gestión ambiental,
el punto de partida no es otro que la ética y el desarrollo sostenible.
El tema ambiental se ha vuelto un
asunto vertical para las corporaciones. El sector privado ya no puede cerrar
los ojos ante las demandas del planeta. Lo primero cuando una empresa se
plantea implementar una gestión ambientalmente sostenible tiene que ver con la definición de principios
y valores que rigen a la empresa, y su orientación estratégica.
En ese nivel directivo, de
accionistas, que define el tipo de empresa y la manera de hacer negocios, debe
estar incluido el compromiso con el ambiente. La definición de éxito, los
pilares que definen la manera de alcanzar el éxito, y la manera de hacer
negocios”, va a la raíz del asunto. Visto esto,
lo primero es una definición clara de lo que se entiende por desarrollo
sostenible. Eso es muy importante, porque el concepto de sostenible engloba
todos los elementos económicos, sociales y ambientales. A partir de esto se
despliegan todas las políticas que conforman el compromiso de la empresa con el
ambiente.
Luego, se fijan unos compromisos,
pero la concepción misma de desarrollo sostenible lleva a considerar la cadena
de valor, que es donde se va a materializar el compromiso con el ambiente.
Lo importante es que esa filosofía que
se define, impregne toda la práctica del negocio, no se pueden ver las cosas unilateralmente. Entender el
tema ambiental implica entender todo el proceso de la empresa.
Cuando la política ambiental está
alejada de la manera de hacer negocios,
cuesta más. Siempre pareciera que el tema ambiental sólo atañe a un
segmento de la empresa, y que debe atenderse por temas de ley, y no
porque
forma parte de la filosofía. No es una parcela que se atiende de manera
aislada, sino que está en la concepción del negocio.
LEY ORGÁNICA DEL AMBIENTE
TÍTULO VIII
INCENTIVOS ECONÓMICOS Y FISCALES
Capítulo I
Disposiciones Generales
Establecimiento de los incentivos
Artículo 102 . El Estado
establecerá los incentivos económicos y fiscales que se otorgarán a las
personas naturales y jurídicas que efectúen inversiones para conservar el
ambiente en los términos establecidos en la presente Ley, en las leyes que la
desarrollen y en las normas técnicas ambientales, a fin de garantizar el
desarrollo sustentable.
Fines de los incentivos
Artículo 103 . Los incentivos
económicos y fiscales estarán dirigidos a:
• Estimular aquellas actividades
que utilicen tecnologías limpias o mecanismos técnicos que generen valores
menores que los parámetros permisibles, modifiquen beneficiosamente o anulen el
aporte de contaminantes al ambiente.
• Promover el empleo de nuevas
tecnologías limpias, sistemas de gestión ambiental y prácticas conservacionistas.
• Fomentar el aprovechamiento
integral de los recursos naturales.
• Establecer programas y
proyectos de reforestación y aforestación.
• Todas aquellas que determinen
las leyes especiales.
Identificación de los incentivos
económicos y fiscales
Artículo 104 . Los incentivos
económicos y fiscales a que se refiere este título son:
• Sistema crediticio financiado por el Estado.
• Exoneraciones del pago de impuestos, tasas y
contribuciones.
• Cualquier otro incentivo económico y fiscal
legalmente establecido.
Otorgamiento de exoneraciones
Artículo 105 . El Presidente o
Presidenta de la República Bolivariana de Venezuela, mediante decreto, oída la
opinión favorable de la Autoridad Nacional Ambiental, podrá otorgar las
exoneraciones a que se refiere el artículo anterior.
Listo amiga.!! Ya llego.
ResponderEliminarMe parece importante el tema que enlazas visto del punto etico dejando claro que si no hacemos las cosas con profesionalismo no podremos alcanzar el exito, unido a algo mas imoportante que mencionas en el articulo que es conocer las normas vigentes en funcion de que podrias querer hacerlo excelente pero podrias estar irrumpiendo alguna normativa muy buen articulo felicitaciones
ResponderEliminarGracias Guindon, tambien es importante tener presente que la implantación de un sistema de gestión ambiental exige el conocimiento de la legislación vigente, por lo que facilita su cumplimiento a la vez que permite conseguir fácilmente concesiones de permisos y licencias e incrementa las posibilidades de obtener ayudas públicas para llevar a cabo actuaciones medioambientales, permitiendo, asimismo, conseguir una mejora de la imagen y una mayor aceptación social de las empresas.
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